Familia, mujer, adicciones
Motivada por la experiencia acumulada y en aras de conseguir una mayor eficacia en la gestión de autorizaciones administrativas en materia de actividades juveniles de tiempo libre, facilitando su tramitación a los ciudadanos, se realiza la modificación de la Orden reguladora de las mismas, adaptando los procedimientos a las ventajas ofrecidas por la utilización de nuevas tecnologías.
Dicha modificación tiene como elemento central adaptar el procedimiento de solicitud de autorizaciones administrativas a la administración electrónica, lo que supone una importante mejora en la rapidez y comodidad del mismo. Junto a esta relevante aportación se ha incorporado otra destacada novedad, estableciéndose que la documentación que era requerida con carácter previo, deberá estar presente, desde la entrada en vigor de la presente modificación, en el inicio de la actividad.
De esta forma se facilita y simplifica el procedimiento administrativo a la vez que compromete a la Administración Autonómica en las tareas de vigilancia y control que deben realizarse durante el desarrollo efectivo de estas actividades.
Autonómico
B.O.C. y L. nº 10 - Lunes, 5 de junio de 2006