Familia, mujer, adicciones
Reducciones en los precios de los servicios regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera. Las reducciones serán del 20% y 50%, según se trate de familias de categorías general o especial respectivamente.
Reducciones en las tarifas de transporte ferroviario de viajeros del 20% o del 50% según se trate de categoría general o especial respectivamente. Estas reducciones se aplican en igual cuantía respecto del transporte de muebles y demás enseres por razón de cambio de domicilio.
Líneas regulares de transporte marítimo de cabotaje. Reducciones del 20% o del 50% según se trate de categoría general o especial respectivamente. Estas reducciones se aplican en igual cuantía respecto del transporte de muebles y demás enseres por razón de cambio de domicilio
Reducción del 5% a las familias numerosas de categoría general y del 10% a las de categoría especial sobre las tarifas por servicios regulares nacionales de transporte aéreo.