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Principios

La Ley 10/2019 de 3 de abril por la que se promueve la adopción en el ámbito público y privado de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y a la eliminación de la brecha salarial de género en Castilla y León recoge en su artículo 4 los principios rectores por los que deben regirse todas las medidas, ayudas, programas que se oferten a las familias castellanas y leonesas, tanto en el ámbito público como en el privado:

Principios:

1 - PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD PÚBLICA
Las Administraciones Públicas con competencia en materia de familias impulsarán las medidas y actuaciones públicas dirigidas a la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, y a la eliminación de la brecha salarial de género.
2 - PRINCIPIO DE LIBERTAD
Se reconocerá y facilitará siempre la libertad de decisión y de organización de la vida personal y familiar.
3 - PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO ENTRE MUJERES Y HOMBRES
Se garantizará la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, en el acceso, mantenimiento y promoción laboral, y en aquellos ámbitos que incidan directamente sobre el marco de la ley.
4 - PRINCIPIO DE CORRESPONSABILIDAD
Se promoverá la implicación, en términos de igualdad, de hombres y mujeres en el cuidado, atención y educación de los hijos e hijas, en el cuidado de familiares dependientes y en la realización de las tareas del hogar y el cumplimiento de obligaciones familiares, con acciones que impulsen activamente la conciliación y la corresponsabilidad entre mujeres y hombres.
5 - PRINCIPIO DE TRANSVERSALIDAD
Las medidas de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, a la corresponsabilidad y a la eliminación de las desigualdades de género en el ámbito laboral deberán integrarse en el conjunto de las políticas llevadas a cabo por las Administraciones Públicas de la Comunidad, abarcando todos los ámbitos en los que se desarrolla la vida y actividad de las personas y familias de Castilla y León, especialmente en el medio rural.
6 - PRINCIPIO DE COOPERACIÓN
Se procurará la integración de esfuerzos y recursos en el diseño, desarrollo e implantación de las medidas de apoyo a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y de eliminación de la brecha salarial, fomentando la colaboración pública y privada.
7 - PRINCIPIO DE CONCIENCIACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN SOCIAL
Se fomentará la sensibilización social sobre la necesidad de compatibilizar las obligaciones personales, familiares y laborales, y sobre la adopción de actuaciones frente a la brecha salarial de género.
8 - PRINCIPIO DE PROTECCIÓN Y CUIDADOS A LAS PERSONAS VULNERABLES
Se promoverá la atención de las personas en situación de mayor vulnerabilidad, en especial de los menores, las personas mayores y personas con discapacidad, en atención a su derecho fundamental de protección y cuidado.
9 - PRINCIPIO DE IGUALDAD EN LAS RELACIONES LABORALES PARA LA ELIMINACIÓN DE LA BRECHA SALARIAL DE GÉNERO
Se promoverá la adopción de medidas por parte de las entidades públicas y privadas dirigidas a incorporar, de manera sistemática y transversal, la perspectiva de género, al objeto de eliminar cualquier situación discriminatoria que genere brecha salarial de género.
10 - PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN
Se dará participación a los colectivos de mujeres, agentes sociales y colectivos del tercer sector en la planificación de políticas y su desarrollo.