Se estudiará en cada caso la motivación o el sistema de acompañamiento necesario para que el usuario acuda a los servicios sanitarios de atención primaria y/o especializada que garanticen el diagnóstico y provisión de fármacos necesarios para el correcto tratamiento de la enfermedad o la infección. En caso necesario, se podrán proporcionar directamente en el CAD los fármacos necesarios y se deberá supervisar su toma
Criterios de preferencia para administración de medicación por parte del CAD:
Situación de exclusión social
Dificultades de acceso o contacto con los servicios del sistema sanitario asistencial
Residencia en condiciones precarias
VIH+
Alcoholismo
Enfermedad tuberculosa
El TDO en los casos de enfermedad tuberculosa (quimioterapia) se hará diario o intermitente a criterio médico, teniendo en cuenta las características de cada paciente. Ante un fracaso del TDO deberá hacerse notificación a la Sección de Promoción de la Salud de su provincia para valorar el caso
Infección tuberculosa
El TDO de la infección tuberculosa latente (quimioprofilaxis) será establecido de forma individual. Se proponen como posibles estrategias las siguientes
Tratamiento de la infección tuberculosa latente diario directamente supervisado por el CAD en relación con el suministro de metadona.
Valoración individual de la pauta de administración (diaria o dos días a la semana).
Intentar la supervisión y administración por parte de una persona allegada, o cualquier otra modalidad que en cada caso el CAD considere que ofrece máximas garantías de cumplimentación
Desde el CAD se notificará acerca de la modalidad de supervisión de la terapia y el programa de deshabituación en que se encuentra el paciente en el momento de iniciar la terapia, así como del resultado final del TDO. Para ello se cumplimentará la primera parte de la hoja de notificación “Informe individual sobre TDO” (ver anexo, pg. 26). Al concluir el tratamiento se remitirá de nuevo esta hoja con la información completa.