Familia, mujer, adicciones
3 de agosto de 2015
Consejería de Familia e Igualdad de Oport.
Modificación de la Ley 40/2003, de protección a las familias numerosas.
La Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y adolescencia (BOE de 29 de julio de 2015), en su Disposición Final Quinta, contiene varias modificaciones de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
Se modifican los siguientes apartados:
El art. 2.4: “Tendrán la misma consideración que los hijos las personas sometidas a tutela o acogimiento familiar permanente o preadoptivo legalmente constituido. Los menores que habiendo estado en alguna de estas situaciones alcancen la mayoría de edad y permanezcan en la unidad familiar, conservarán la condición de hijos en los términos establecidos en el art. 3 de esta Ley”.
El art. 6: “El título de Familia Numerosa deberá renovarse o dejarse sin efecto cuando varíe el número de miembros de la unidad familiar o las condiciones que dieron motivo a la expedición del título y ello suponga un cambio de categoría o la pérdida de la condición de familia numerosa.
• LA MODIFICACIÓN CONSISTE EN QUE LAS FAMILIAS NUMEROSAS PODRÁN MANTENER EN VIGOR EL TITULO MIENTRAS AL MENOS UNO DE LOS HIJOS SIGA CUMPLIENDO LOS REQUISITOS LEGALMENTE PREVISTOS.
COMO EXCEPCIÓN LAS FAMILIAS NUMEROSAS CUYO TITULO ESTUVIERA EN VIGOR EL 1 DE ENERO DE 2015 Y SE HUBIERA EXTINGUIDO ANTES DEL 17 DE AGOSTO DE 2015, PODRÁN ACCEDER ESTE CURSO ACADÉMICO PRÓXIMO A LOS BENEFICIOS POR MATRICULACIÓN DE DERECHOS DE EXÁMEN.